Categorías
Actividades

21J 2025: La ley trans es inconstitucional

El 21 de junio de 2025, en Barcelona, ​​como en otras 20 ciudades de todo el Estado, nos adherimos a la convocatoria de Confluencia Movimiento Feminista y como Coordinadora 8M – Movimiento Feminista de Barcelona, ​​nos concentramos en la Plaça Sant Jaume para exigir que el Tribunal Constitucional declare la “Ley trans” inconstitucional.

Nuestra convocatoria recibió amenazas en los días previos por parte de grupos transactivistas y sufrimos un boicot continuo a lo largo de todo el acto. Ante esta grave situación, los Mossos d’Esquadra se limitaron a hacer una barrera entre la convocatoria feminista y el grupo transactivista, que no tenía permiso, y que se dedicó a increparnos e insultarnos, empleando un equipo de sonido muy potente para impedir que se oyera nuestra voz. Pese a nuestras quejas, los Mossos no actuaron en ningún momento para hacerles apagar al equipo, además de protegernos de su violencia.

Pero esta nueva agresión, y el silencio mediático habitual con la excepción de Catalunya Ràdio, no nos impedirá seguir luchando y alzar nuestra voz.

Éste es el MANIFIESTO que leímos:

El Tribunal Constitucional ha aplazado hasta el próximo mes de septiembre el debate y la decisión sobre la inconstitucionalidad de la “ley trans” que reclama el movimiento feminista y que plantean sectores progresistas y conservadores del mismo tribunal. La Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI es inconstitucional:

Primero. Porque entra en flagrante contradicción con el Artículo 14 de la Constitución, que consagra la protección contra la discriminación por razón de SEXO, un rasgo material, biológico e inmutable de la especie humana que se inscribe en cada célula de nuestro cuerpo y que nos hace mujeres y hombres. Borrar el sexo de las leyes es una nueva forma de violencia contra las mujeres porque esconde el origen de la opresión, oculta las desigualdades que sufrimos y falsea la identidad de los agresores machistas. Además, convierte los espacios que deberían proteger a las mujeres en espacios de riesgo y exclusión: categorías deportivas, espacios íntimos, prisiones, y otros.

Segundo. Porque vulnera el principio de jerarquía normativa supeditando la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, de igualdad efectiva entre mujeres y hombres en la “ley trans”, que es una norma de rango inferior, aprobada por una injustificada vía de urgencia y sin haber convocado la Comisión de Igualdad para escuchar a las personas y afectadas por proyecto de “ley trans”.

Tercero. Porque sustituye la definición objetiva del SEXO por la autoidentificación subjetiva y, así, legaliza la elección y la modificación del sexo registral a voluntad, convirtiendo en papel mojado las políticas de igualdad en todos los ámbitos destinadas a corregir las desigualdades estructurales que sufrimos las mujeres en la sociedad, a pesar de la igualdad y la paridad completas que establece la ley.

Cuarto. Porque vulnera el artículo 43 de la Constitución, que garantiza el derecho a la salud y atribuye a los poderes públicos su tutela, así como la educación sanitaria. Esto afecta especialmente a los y las menores a quienes se les dice que su sexo viene determinado por preferencias y comportamientos basados ​​en los más rancios estereotipos sexistas y son derivados a las unidades de identidad de género desde las escuelas y desde pediatría, donde se les administran bloqueadores de la pubertad, hormonación cruzada y cirugías irreversibles, negando sus derechos reproductivos de por vida. Además, la “Ley trans” desprotege a las personas con disforia, porque convierte su malestar psíquico en una identidad que no necesita atención, pero sí intervención médica y quirúrgica, afirmando las percepciones distorsionadas que tienen de su cuerpo. Es también una ley homófoba, que quiere convertir a lesbianas y gays en personas del otro sexo.

Quinto. Porque vulnera el artículo 20 de la Constitución referente a la libertad de expresión, estableciendo sanciones administrativas a cualquiera que critique el contenido y aplicación de la ley, normalizando la censura y persecución de las feministas que lo hacemos, y conculca el derecho de la ciudadanía a recibir información veraz, crítica y plural sobre el impacto de las ideas en las que se basa.

Sexto. Porque vulnera el artículo 27 de la Constitución referente al derecho a la educación, imponiendo desde los centros escolares una ideología anticientífica, contraria a la ciencia, la razón y la Coeducación, que sirve para captar a menores vulnerables que ven gravemente amenazados tanto el desarrollo de su personalidad como sus derechos fundamentales y sus libertades, convirtiendo al profesorado y sus familias en cómplices.

Instamos al Tribunal Constitucional a recuperar el respeto por las mujeres y las criaturas en España. Por eso, también, le instamos actuar inspirándose en la reciente sentencia del Tribunal Supremo del Reino Unido, que ha determinado que el concepto de mujer en su Equality Act (equivalente a la ley de igualdad) debe basarse en el SEXO (la biología) y no puede verse alterado y redefinido por su Gender Recognition Act (equivalente a la “ley trans”).

Por estas razones, el Movimiento Feminista EXIGE:

1. La declaración de inconstitucionalidad de la Ley Trans (Ley 4/2023) por parte del Tribunal Constitucional.

2. La derogación de la “Ley Trans” (Ley 4/2023) en su totalidad por tratarse de una ley que atenta contra los principios básicos de igualdad que establece la Constitución, norma suprema de nuestro Estado de derecho, y la derogación, asimismo, de todas las leyes, normativas y protocolos autonómicos que niegan la realidad material del SEXO y por ello incurren en la desprotección y la violencia hacia las mujeres, niñas y niños.

LA LEY TRANS ES INCONSTITUCIONAL, ANTICIENTÍFICA, ANTIFEMINISTA Y ANTIDEMOCRÁTICA!